CONSIDERACIÓN DE ACCIÓN DIFERIDA PARA LOS LLEGADOS EN LA INFANCIA
Esto permite a ciertos individuos que cumplen con ciertos requisitos específicos solicitar que el gobierno los considere para la acción diferida. Las personas que reciben la acción diferida no enfrentarán procedimientos de deportación ni serán removidos de los Estados Unidos por un periodo de tiempo específico. Si te conceden la acción diferida, puedes ser elegible para autorización de empleo.
Tú puedes solicitar Acción Diferida para los Llegados en la Infancia si cumples con lo siguiente:
- Tenías menos de 31 años a la fecha del 15 de Junio de 2012.
- Llegó a los Estados Unidos antes de los 16 años de edad.
- Ha residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007, hasta este momento.
- Estuvo presente en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012 y al momento de solicitar ser considerado para recibir acción diferida ante el gobierno.
- Entró sin inspección antes del 15 de junio de 2012 o su estatus legal de inmigración expiro al 15 de junio de 2012.
- Esta asistiendo a la escuela, se ha graduado de la escuela superior, posee un Certificado de Educación General (GED).
- No ha sido encontrado culpable de un delito grave, delito menos grave de carácter significativo, múltiples delitos menos graves, o representa una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública.